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El COE denegó nuestra solicitud para realizar las Asambleas de Memoria y Balance.

Sebastián Barrios – Sec. Gral. Sindicato del Petróleo y Gas de Salta y Jujuy

Luego de haber realizado diversas gestiones ante los organismos competentes, como El Ministerio de Trabajo, COE Provincial y COE Municipal, donde solicitando la autorización de poder realizar las Asambleas Ordinarias de Memoria y Balance, correspondientes a los periodos 2019 y 2020 del Sindicato del Petróleo y Gas Privado de Salta y Jujuy. Finalmente recibimos una nueva contestación, con la negativa a nuestro requerimiento, en función de la situación epidemiológica que vive nuestra provincia, al igual que todo el pías.

Ante el alcance nacional de circulación del virus en el marco de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la salud y el crecimiento de la cantidad de contagios y de victimas mortales. LA SECRETARIA DE TRABAJO, dicto Decreto Nº 260/2020 y aprobó medidas en función de lo establecido por el articulo 12 de dicho Decreto. Y también por el articulo 12 de la misma norma, que contempla específicamente la posibilidad de cierre de lugares de acceso publico, la imposición de distancias de seguridad y otras medidas para evitar aglomeraciones.

Dentro de este marco se suspendieron los procesos electorales, como también la celebración de Asambleas o Congresos Ordinarios y Extraordinarios, así como todo acto institucional que implique la movilización de traslado y/o aglomeración de personas.

En la resolución Nº 1199/2020 (1/2020DI-2020-1-APN-DNAS#MT, pronunciada por la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, en el ámbito del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nacían) en el marco de la ampliación del Decreto Nº 260/2020, por la emergencia sanitaria pandémica y en este sentido se autoriza a las entidades sindicales a la posibilidad de realizar asambleas y congresos, a efectos de aprobar las memorias y balances de ejercicios vencidos, siempre que se cumplan los recaudos obligatorios, a saber: a) la implementación de medios digitales a efectos de la realización de dichos actos, evitando así la movilización traslado y/o la aglomeración de personas; b) que el sistema elegido admita la libre accesibilidad a la reunión de todos los afiliados con voz y voto de acuerdo a las normas estatutarias y con validación de identidad; c) la plataforma deberá permitir la transmisión simultanea de sonido, imágenes y palabras en el transcurso de toda la reunión; deberá garantizar la contabilidad de votos de manera simultanea, clara y de fácil contabilización; d)que la documentación relativa al acto debe documentarse por medios electrónicos o digitales mediante la grabación en soporte digital, dejando expresa constancia que luego se transcribirá en el libro de actas rubricado y suscripta posteriormente por las personas designadas.

Por lo tanto esta Comisión Directiva comunica que la Disposición analizada reviste carácter opcional, toda vez que se sujeta al periodo de vigencia de la Resolución ST 1199/20 y en dicho marco otorga meramente la posibilidad de celebrar asambleas o congresos a distancia mediante plataformas virtuales, condicionando dicho ejercicio al cumplimiento de todos los requisitos que la norma prevé. siendo fundamental aclarar que nuestra entidad sindical actualmente cuenta con 780 afiliados, siendo esta cantidad de personas lo que imposibilita en la actualidad contar con una plataforma virtual que pueda cumplir con cada uno de los requisitos de dicha disposición de manera eficaz, considerando además que dificulta la participación directa de nuestros afiliados.

Finalmente la ultima Resolución 133/2021(RESOL-2021-133-APN-ST #MT) de fecha 19/02/2021 dispone expresamente la prorroga de suspensión de Asambleas hasta el 31 de Agosto de 2021; y si bien dicha normativa en su art. 5, establece la posibilidad de hacer Asambleas, el es Condicionado al previo análisis y autorización de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, por lo que a los fines de garantizar la democracia sindical, la participación y transparencia de todos los afiliados a la entidad, les queremos comunicar que esta Comisión Directiva solicito formalmente AUTORIZACION PARA CELEBRAR ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE MODO PRESENCIAL (EX2021-36892891). La autoridad competente solicita contar con la autorización emanada de la Autoridad Sanitaria Local en donde se realizara la asamblea, es por ello que formalmente se realizo la presentación correspondiente en la ciudad de Tartagal (EXPTE 005783) recibiendo como respuesta por parte de la misma, que nuestra petición ha sido DENEGADA.

Por tal motivo, es fundamental hacerles saber que el Balance General del año 2019 tiene efectiva legalización y certificación por el Concejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta, el 4 de Mayo del 2020 y también se encuentra debidamente presentado en AFIP, así mismo el Balance General del año 2020 también se encuentra efectivamente legalizado y certificado por dicho Concejo y será presentado en AFIP inmediatamente (encontrándose vigente el plazo para ser presentado en AFIP). Dichos ejercicios económicos, una vez convocada la Asamblea Ordinaria, serán puestos a consideración de nuestros afiliados en los términos que marca el Estatuto vigente.

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Solicitamos hacer las Asambleas de Memoria y Balance

Sebastian Barrios Sec Gral. del Sindicato del Petroleo y Gas de Salta y Jujuy, junto a Miguel Carmona Sec de Finanzas de esa institución, dieron un comunicado a todos sus afiliados respecto del impedimento de realizar Asambleas como ellos esperaban, pero fundamentalmente para darles la tranquilidad de que los recursos del sindicato están bien administrados.

En la imagen de izquierda a derecha Miguel Carmona Sec. de Finanzas y Sebastián Barrios Sec. Gral. S.T.I.P.P.y G.

Queremos comunicar a nuestros afiliados y toda la familia petrolera, que estamos gestionando poder realizar las Asambleas de Memoria y Balance correspondiente a los periodos 2019 y 2020, las cuáles no pudimos realizar, como concecuencias de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional, en el marco de la Pandemia por CORONAVIRUS en nuestro país.

Desde Marzo del año pasado, fecha en que comenzó la pandemia por COVID-19 y entramos en un confinamiento, el Ministerio de Trabajo de la Nación ha emitido algunos Decretos con una prohibición de reuniones masivas o de reuniones de trabajadores. Nosotros al tener una gran cantidad de afiliados, que superan los 800 afiliados activos, no existe a la fecha una plataforma virtual, que soporte esa cantidad de trabajadores garantizando la conectividad a cada uno de ellos. Por lo que no se estaría garantizando que todos puedan participar, tampoco se no podría garantizar la transparencia del acto en si.

De todas maneras queremos llevarte la tranquilidad que tus recursos están bien cuidados. Hemos cumplido con todos los requerimientos de las autoridades de aplicación, en este caso AFIP y RENTAS. Queremos comentarte que nuevamente tenemos balance positivo con superávit. Queremos comentarte que tanto el periodo 2019, como el 2020 están presentados y certificados por el Colegio de Ciencias Económicas de la Provincia de Salta. Una vez más TU RECURSO ESTÁ BIEN ADMINISTRADO. Cuando la autoridad de aplicación lo permita, vamos a presentar a toda la familia petrolera, los balances y la memoria de ambos periodos.

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«Misión cumplida» Logramos un gran acuerdo para cerrar Paritarias 2020 en el sector de Refinería

En la audiencia celebrada hoy, entre la F:A:S:I:Pe:G:yBio. y la CEPH se llego a un acuerdo por la discusión salarial en el sector de Refinerías, correspondiente al ultimo periodo de las paritarias 2020. Discusión que se encontraba en el limite de los plazos de conciliación obligatoria, para frenar una medida de fuerza en todo el país. La cual había sido ratificada por los gremios y daría inicio desde el primer minuto del día Miércoles 05 de Mayo.

En esta oportunidad el sector empresario ofreció, para el periodo del 01 de mayo de 2020 al 30 de abril de 2021: incrementar los salarios y todos los items convencionales en un 30% retroactivo a abril 2021. Este porcentaje se abonará 15 días después de firmar este acuerdo en carácter de anticipo. Ambas partes resolvieron pasar a un cuarto intermedio hasta la tercer semana de mayo de 2021, hasta conocer el índice oficial de abril de 2021.

Se determinó que una vez conocido el valor oficial del nivel inflacionario de abril de 2021, las partes discutirán las diferencias que existan entre el porcentaje interanual (mayo 2020/ abril 2021) y el anticipo de 30% acordado. Con el compromiso de que la diferencia acordada será abonad a retroactivo a abril de 2021. Luego de terminado este acuerdo, se iniciaran de inmediato las paritarias 2021.

Sebastián Barrios adelantó que con este acuerdo, prevén que el porcentaje final de la recomposición salarial para los compañeros de Refinería, en cuanto a las paritarias 2020 superará el 40%. Es por ese motivo que resolvieron dejar sin efecto la medida de fuerza a nivel nacional. Y como miembros paritarias CELEBRAMOS ESTE ACUERDO PARCIAL, YA QUE ESTARIAMOS PROXIMOS A CONSEGUIR LOS OBJETIVOS A LOS QUE NOS HEMOS COMPROMETIDO.

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Convocamos un paro por tiempo indeterminado en todas las Refinerías del país.

En el marco de las paritarias salariales 2020 y agotada todas las instancias de conciliación obligatoria Dictadas por el Ministerio de Trabajo de la Nación, entre La Federación del Petróleo Gas y Biocombustibles de Argentina,, y las Cámaras Empresarias que representan al sector de Refinerías en todo el país, Los gremios anunciaron una medida de fuerza a partir del primer minuto del día Miércoles y por tiempo indeterminado.

La medida de fuerza consistirá en un paro total de actividades a partir del Miércoles 5 de Mayo y afectará la actividad en todas las refinerías, plantas de lubricantes, aeropuertos, plantas de almacenaje Y otros sectores que tengan vinculación con la industria de refinería.

Sebastián Barrios Sec. Gral. del gremio petrolero de Salta y Jujuy explicó que desde la Federación mantendrán esta tarde, una audiencia con los representantes de la cámara empresaria, para intentar mediar un acuerdo y destrabar el conflicto al cual se llegó a este punto, por la negativa del sector empresario en hacer lugar a la clausula de revisión acordada para tratar una recomposición salarial conforme a la escalada inflacionaria en el ultimo trimestre del periodo paritario 2020, conforme el calendario de que va de Marzo a Marzo de cada año.